Cuando una pareja se separa, la gran pregunta no es solo “¿quién se queda con la casa?”, sino quién paga qué, qué avisos hay que hacer y cómo evitar deudas que luego persiguen a ambos. Aquí tienes una guía práctica, clara y pensada para prevenir problemas.
1) Si la vivienda es en propiedad
Banco y uso no son lo mismo.
- El uso de la vivienda (quién se queda viviendo) lo decide el convenio regulador o la sentencia.
- La deuda con el banco no cambia por eso: si firmaste la hipoteca, sigues siendo deudor frente al banco aunque ya no vivas allí.
Cómo blindarte paso a paso
- Inventario y papeles: escritura, cuadro de amortización, recibos, seguro, comunidad e IBI.
- Acuerdo de pagos: deja por escrito quién abona cuota hipotecaria, comunidad, seguro e IBI.
- Cuenta puente: si la hipoteca está a nombre de ambos, cread una cuenta exclusiva para la cuota y domiciliadla ahí. Cada parte ingresa su porcentaje antes del vencimiento.
- Novación o subrogación (si procede): cuando uno se queda con la vivienda, valorad sacar al otro de la hipoteca con el banco (no basta con “ponlo en el convenio”).
- Seguro: revisad el beneficiario y el domicilio de notificaciones.
Error típico: “Como el uso es para mi ex, ya no pago hipoteca”. Resultado: morosidad y mancha en ficheros para ambos. Si no hay acuerdo, conviene reclamar judicialmente la parte impagada cuanto antes.
2) Si la vivienda es alquilada
Contrato y casero, en el mapa desde el minuto uno.
- Si uno se queda, conviene subrogar el contrato a su nombre (si la ley y el contrato lo permiten) o firmar uno nuevo.
- Comunica por escrito al arrendador la situación y quién será el único interlocutor.
Checklist express
- Copia del contrato, prórrogas y depósito.
- Estados de suministros y si están a nombre del inquilino o del propietario.
- Inventario con fotos fecha y hora (muebles y estado).
- Acuerdo sobre fianza y garantías adicionales: quién las recupera al final.
Error típico: “Nos quedamos ambos como cotitulares…”. Si uno se va y el otro deja de pagar, el casero puede reclamar a cualquiera de los dos. Mejor titular único claro y pactar internamente el reparto económico.
3) Suministros, comunidad e impuestos
- Luz, agua, gas, internet: cambia titularidad y domicilio de facturas. Nada de “ya me lo pasa por Bizum”.
- Comunidad: si es propiedad, actualiza correo electrónico y domicilio a efectos de notificaciones para juntas y derramas.
- IBI y tasa de basuras: acordad quién paga y desde qué fecha (prorrateo en la escritura o en el convenio).
4) Si hay menores: uso, logística y paz doméstica
- El uso de la vivienda familiar suele vincularse al interés de los hijos.
- Incluye en el convenio:
- Calendario y puntos de entrega/recogida.
- Gastos ordinarios de vivienda (comunidad, suministros mínimos) y extraordinarios (reparaciones).
- Normas de convivencia básicas si hay custodia compartida y se rota el domicilio.
5) Plantilla rápida de cláusulas (orientativas)
Cláusula de pagos de vivienda en propiedad
“Las partes acuerdan que, mientras D./D.ª ______ ostente el uso de la vivienda sita en ____, la cuota hipotecaria se abonará en un 70% por D./D.ª ______ y 30% por D./D.ª ______, mediante ingresos mensuales en la cuenta ES ______ 5 días antes del vencimiento. Comunidad e IBI serán satisfechos por ______. Cualquier modificación exigirá acuerdo escrito o resolución judicial.”
Cláusula para alquiler
“D./D.ª ______ continuará como único titular del contrato de arrendamiento de la vivienda sita en ______, asumiendo renta, suministros y pequeñas reparaciones derivadas del uso. En el plazo de 10 días desde la firma, lo comunicará al arrendador, solicitando la subrogación y el cambio de domiciliaciones.”
(Estas fórmulas son genéricas; adaptamos el texto a cada caso y a tu contrato concreto.)
6) Señales de alarma que indican que necesitas ayuda ya
- El banco ha devuelto una cuota o te ha escrito por impago.
- Tu ex ha cambiado cerraduras o te niega documentación.
- El casero se niega a subrogar y amenaza con resolver el contrato.
- Hay derrama importante y nadie se hace cargo.
- Tenéis dudas sobre cómo computan los gastos de vivienda en la pensión de alimentos.
7) Cómo te ayudamos en Díaz y Lucas Abogados
- Revisión exprés de hipoteca o contrato de alquiler y plan de pagos seguro.
- Redacción de convenio regulador con cláusulas claras sobre vivienda y gastos.
- Negociación con el banco o el arrendador para novación, subrogación o contrato nuevo.
- Defensa ante impagos, desahucios o ejecuciones.
- Coordinación con peritos (si hay daños o obras) y con administradores de fincas.
Conclusión: separar caminos personales no debería arruinar tu estabilidad económica. Con papeles claros, avisos a tiempo y la estrategia adecuada, evitas deudas, discusiones y sustos.
Si necesitas que lo revisemos hoy, cuéntanos en qué punto estás (propiedad o alquiler) y te damos una hoja de ruta a tu medida.